Organismo Autónomo de Recaudación de laO.A.R. de la Diputación de Badajoz

Catastro


Según el Convenio de Delegación entre el OAR y los Ayuntamientos de la provincia, al delegar la gestión tributaria del IBI, queda englobado en el ámbito de actuación del Convenio de Colaboración formalizado entre la Diputación Provincial de Badajoz y la Dirección General de Catastro.

Aquí podrá consultar y descargar información y documentación que el OAR pone a disposición de nuestras entidades locales en materia catastral:

Procedimientos de comunicación catastral

Los Procedimientos de comunicación catastral son los recogidos en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en concreto, los que afectan a los ayuntamientos de nuestra provincia serían los recogidos en los apartados b, c, f y g del artículo citado.

El Oar tiene establecidos unos modelos, en los términos y condiciones determinados por la Dirección General de Catastro, para facilitar el aporte de la documentación necesaria a nuestras entidades. Puede descargarse dichos modelos en los links que figuran más abajo:

  • Modelo A Hechos, actos o negocios para los que se haya otorgado licencia o autorización municipal.
  • Modelo B Cuando el Ayuntamiento figura como administración actuante en los supuestos de concentración parcelaria, de deslinde administrativo, de expropiación forzosa y de los actos de planeamiento y de gestión urbanísticos.

Nota: Cada modelo deberá ir acompañado de la documentación necesaria y especificada en cada caso.

 

Sistemas de actualización catastral

Para la resolución de los exptes de alteraciones físicas catastrales que afectan a los bienes de naturaleza urbana y rústica ubicados en un municipio de la provincia, motivados por cualquier concepto que motive una modificación del catastro, sea alta por obra nueva, rehabilitación, reforma, segregación, agrupación, reparcelaciones, expropiaciones o cesiones, etc..; así como el mantenimiento y actualización de la Cartografía Digitalizada, correspondiente al Catastro Inmobiliario de los municipios de conformidad con el sistema, formatos e instrucciones a tal efecto establecidos por la Gerencia de Catastro, el Ayuntamiento podrá optar por los siguientes sistemas.

  • Ayuntamiento- OAR (SEGIPSA). Es la Diputación de Badajoz (a través del OAR) quien requerirá a la Dirección General de Catastro la tramitación de los mismos al amparo de la encomienda a la empresa estatal Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, M.P.S.A. (SEGIPSA). Esta encomienda se mantendrá para años sucesivos siempre que ese ayuntamiento no manifieste su deseo de modificar la manera de actualización catastral.
  • Ayuntamiento- EMPRESA. Es el propio ayuntamiento quien realiza el proceso de contratación con la empresa, teniendo en cuenta que sólo se podrá recoger en este supuesto la tramitación de alteraciones físicas. Si se opta por esta opción:
    • se deberá hacerse constar expresamente en el contrato suscrito que la empresa contratista debe ajustarse al mismo régimen de garantías y exigencia de responsabilidad que la propia entidad colaboradora encargada del tratamiento de los datos (Diputación de Badajoz) y a lo dispuesto en la disposición adicional vigésima quinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014.
    • será obligatorio utilizar los Pliegos de Prescripciones técnicas establecidos por la Dirección General de Catastro
    • Enviar y comunicar al OAR, vía registro, la información y documentos que figuran más abajo.

Por otra parte, con cada entrega de trabajos que realice la empresa, el Ayuntamiento deberá enviar un oficio al OAR con los listados de expedientes a revisar, de acuerdo con la plantilla que se facilita.

Cualquier modificación o incidencia que implique la anulación del contrato también deberá ser notificada.

Nota: En ambos supuestos, es el Ayuntamiento quien debe facilitar la documentación necesaria para la formación de los expedientes de alteraciones físicas para los que se haya otorgado licencia o autorización municipal.

La tramitación de alteraciones de orden jurídico y económico se realizará, siempre, con la opción Ayuntamiento- OAR (SEGIPSA).

Documentación relativa opción “Ayuntamiento-Empresa”:

 

Descuentos por trabajos catastrales

Anualmente, y referidos a los trabajos catastrales realizados en el ejercicio inmediato anterior, el OAR compensará los importes correspondientes una vez recaudados los valores. Estos importes se informarán y desglosarán en:

  • tramitación de alteraciones físicas (en el caso de sistema de actualización Ayuntamiento-OAR –SEGIPSA-)
  • tramitación de alteraciones jurídicas
  • y notificaciones derivadas de dichas tramitaciones.

Si necesita más información en materia catastral, puede ponerse en contacto con el Departamento de Gestión del Territorio.

Personal de la Sección Técnica de Valoración y Cartografía

ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL TERRITORIO

                Sección Técnica de Valoración y Cartografía. Personal de la sección:

Responsable: Ana Isabel Sánchez.

Tlf: 924210700 Ext: 33718. Email: anais.oar@dip-badajoz.es

Jefe de negociado de delineación y planimetría:

Responsable: José A. Reino.

Tlf: 924210700 Ext: 33812. Email: jareino.oar@dip-badajoz.es

Ingenieros Técnicos Topógrafos:

Belén Espárrago

Tlf: 924210700 Ext: 33860. Email: besparrago.oar@dip-badajoz.es

Emiliano Martín

Tlf: 924210700 Ext: 33784. Email: emartin.oar@dip-badajoz.es

Administrativo:

María A. García

Tlf: 924210772-924210700 Ext: 33804. Email: magarcia.oar@dip-badajoz.es