Según el Convenio de Delegación entre el OAR y los Ayuntamientos de la provincia, al delegar la gestión tributaria del IBI, queda englobado en el ámbito de actuación del Convenio de Colaboración formalizado entre la Diputación Provincial de Badajoz y la Dirección General de Catastro.
Aquí podrá consultar y descargar información y documentación que el OAR pone a disposición de nuestras entidades locales en materia catastral:
Los Procedimientos de comunicación catastral son los recogidos en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en concreto, los que afectan a los ayuntamientos de nuestra provincia serían los recogidos en los apartados b, c, f y g del artículo citado.
El Oar tiene establecidos unos modelos, en los términos y condiciones determinados por la Dirección General de Catastro, para facilitar el aporte de la documentación necesaria a nuestras entidades. Puede descargarse dichos modelos en los links que figuran más abajo:
Nota: Cada modelo deberá ir acompañado de la documentación necesaria y especificada en cada caso.
Para la resolución de los exptes de alteraciones físicas catastrales que afectan a los bienes de naturaleza urbana y rústica ubicados en un municipio de la provincia, motivados por cualquier concepto que motive una modificación del catastro, sea alta por obra nueva, rehabilitación, reforma, segregación, agrupación, reparcelaciones, expropiaciones o cesiones, etc..; así como el mantenimiento y actualización de la Cartografía Digitalizada, correspondiente al Catastro Inmobiliario de los municipios de conformidad con el sistema, formatos e instrucciones a tal efecto establecidos por la Gerencia de Catastro, el Ayuntamiento podrá optar por los siguientes sistemas.
Por otra parte, con cada entrega de trabajos que realice la empresa, el Ayuntamiento deberá enviar un oficio al OAR con los listados de expedientes a revisar, de acuerdo con la plantilla que se facilita.
Cualquier modificación o incidencia que implique la anulación del contrato también deberá ser notificada.
Nota: En ambos supuestos, es el Ayuntamiento quien debe facilitar la documentación necesaria para la formación de los expedientes de alteraciones físicas para los que se haya otorgado licencia o autorización municipal.
La tramitación de alteraciones de orden jurídico y económico se realizará, siempre, con la opción Ayuntamiento- OAR (SEGIPSA).
Documentación relativa opción “Ayuntamiento-Empresa”:
Anualmente, y referidos a los trabajos catastrales realizados en el ejercicio inmediato anterior, el OAR compensará los importes correspondientes una vez recaudados los valores. Estos importes se informarán y desglosarán en:
Si necesita más información en materia catastral, puede ponerse en contacto con el Departamento de Gestión del Territorio.
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL TERRITORIO
Sección Técnica de Valoración y Cartografía. Personal de la sección:
Responsable: Ana Isabel Sánchez.
Tlf: 924210700 Ext: 33718. Email: anais.oar@dip-badajoz.es
Jefe de negociado de delineación y planimetría:
Responsable: José A. Reino.
Tlf: 924210700 Ext: 33812. Email: jareino.oar@dip-badajoz.es
Ingenieros Técnicos Topógrafos:
Belén Espárrago
Tlf: 924210700 Ext: 33860. Email: besparrago.oar@dip-badajoz.es
Emiliano Martín
Tlf: 924210700 Ext: 33784. Email: emartin.oar@dip-badajoz.es
Administrativo:
María A. García
Tlf: 924210772-924210700 Ext: 33804. Email: magarcia.oar@dip-badajoz.es