El Catastro Inmobiliario proporciona la información necesaria para la gestión, recaudación y control de diversas figuras impositivas de las Entidades Locales. A estos efectos, el Catastro facilita el censo de bienes inmuebles, su titularidad, así como el valor catastral de los inmuebles, que es un valor administrativo que corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de su titular.
La Diputación Provincial de Badajoz a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) mantiene un Convenio con la Dirección General del Catastro (DGC), a través de la Gerencia Regional del Catastro en Extremadura (Badajoz), cuyo objeto es el ejercicio de las funciones de gestión catastral del Catastro Inmobiliario de los municipios de la Provincia de Badajoz que tienen delegadas las facultades de gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a favor de la Diputación Provincial.
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Declaración de cambio de titularidad catastral | ||
Declaración de variación de cuotas de participación | ||
Solicitud de baja de la titularidad catastral | ||
Declaración de obra nueva | ||
Declaración de reforma o rehabilitación | ||
Declaración de división horizontal | ||
Declaración de segregación | ||
Declaración de agrupación | ||
Declaración de demolición | ||
Declaración de cambio de uso | ||
Declaración de cambio de cultivo | ||
Otros trámites |